S.A.
¿Qué es una Sociedad Anónima según el Artículo 87 LGSM?
Notes
Sociedad Anónima • Concepto De acuerdo con el Artículo 87 LGSM, la Sociedad Anónima es una sociedad que existe bajo una denominación social y está formada exclusivamente por socios cuya responsabilidad se limita al pago de sus acciones. • Características y requisitos de constitución - La denominación social debe ir seguida de las palabras Sociedad Anónima o de las abreviaturas S.A. Aunque no hay sanción si no se cumple, es recomendable su uso. - La responsabilidad de los socios es limitada, hasta el monto de sus aportaciones (Art. 88 LGSM). - El capital social está dividido en acciones. - El capital mínimo debe estar completamente suscrito. - Al constituirse, si las aportaciones son en numerario, al menos el 20% debe exhibirse; si son en especie, debe exhibirse el total. - Se requiere un mínimo de dos socios, suscribiendo cada uno al menos una acción (Art. 89 LGSM). • Requisitos adicionales de constitución Además de los señalados en el Artículo 6, el Artículo 91 establece que la Sociedad Anónima debe incluir: - La parte del capital social exhibida. - Número, valor nominal y naturaleza de las acciones. - La forma de pagar la parte insoluta de las acciones. ...
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