Derecho Agrario 2025
¿Qué documento expide el Registro Agrario Nacional (RAN) para los solares?
Apuntes
Derecho Agrario 2025 Los Solares Urbanos Todo ejidatario tiene derecho a recibir gratuitamente un solar al constituirse la zona de urbanización. La extensión del solar la determina la asamblea, con participación del municipio, cumpliendo leyes de fraccionamientos y usos/costumbres regionales. Asignación: La asamblea asigna los solares a ejidatarios o comuneros. Se requiere: Representante de la Procuraduría Agraria. Fedatario Público. Personal técnico del INEGI (medición). Plano aprobado e inscrito en el Registro Agrario Nacional (RAN). El RAN expide títulos de propiedad, inscritos en el Registro Público de la Propiedad. Solares Excedentes: Pueden ser arrendados o enajenados por el núcleo de población a avecindados. (Artículo 68 de la Ley Agraria) Controversias: Se ventilan ante los tribunales del derecho común si el solar titulado está inscrito en el RAN y el Registro Público de la Propiedad. (Artículo 69 de la Ley Agraria) Parcelas Especiales Tipos: Parcela Escolar. Unidad Agrícola Industrial de la Mujer. Unidad Productiva para el Desarrollo Integral de la Juventud. Parcela Escolar: La asamblea deslindará la superficie necesaria para la investigación, enseñanza y divulgación de pr...
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