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Según el Artículo 1665 del Código Civil, ¿qué elemento NO es necesario para que una sociedad sea válida?
Apuntes
APUNTES INTRASFERIBLES REALIZADOS POR DAVID SAN ROMAN TEMA 1: TEORÍA GENERAL DE SOCIEDADES • DEFINICIÓN Y ELEMENTOS El artículo 1665 del Código Civil (CC) define la sociedad como un contrato en el que dos o más personas se comprometen a aportar dinero, bienes o industria (trabajo), con la finalidad de repartir las ganancias. Existe un interés común entre las partes, y se trata de un contrato asociativo. La industria se refiere al trabajo, y algunas sociedades, como las de capital, no admiten aportaciones de industria. De esta definición se derivan los tres elementos esenciales de todo contrato: consentimiento (voluntad de agruparse), objeto (aportación para formar parte del grupo, formando un fondo común para desarrollar la actividad, sin confundirlo con el objeto social) y causa (motivo o fin común, generalmente obtener ganancias, que deben ser en interés de todas las partes). Este fin puede también ser mutualista, cooperativista o consorcial. La actividad que permite alcanzar ese fin será el objeto social, como vender zapatos. El artículo 116 del Código de Comercio (C.Com) establece que el contrato de compañía, por el cual varias personas aportan bienes, industria o ambos pa...
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