SECCI1N III
¿Cuál es la potestad jurisdiccional del Estado en materia penal según el texto?
Apuntes
SECCIÓN III LA JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA TÍTULO I LA JURISDICCIÓN Artículo 16.- Potestad jurisdiccional La potestad jurisdiccional del Estado en materia penal se ejerce por: 1. La Sala Penal de la Corte Suprema. 2. Las Salas Penales de las Cortes Superiores. 3. Los Juzgados Penales, constituidos en órganos colegiados o unipersonales, según la competencia que le asigna la Ley. 4. Los Juzgados de la Investigación Preparatoria. 5. Los Juzgados de Paz Letrados, con las excepciones previstas por la Ley para los Juzgados de Paz. Artículo 17.- Improrrogabilidad de la jurisdicción penal La jurisdicción penal ordinaria es improrrogable. Se extiende a los delitos y a las faltas. Tiene lugar según los criterios de aplicación establecidos en el Código Penal y en los Tratados Internacionales celebrados por el Estado, debidamente aprobados y ratificados conforme a la Constitución. Artículo 18.- Límites de la jurisdicción penal ordinaria La jurisdicción penal ordinaria no es competente para conocer: 1. De los delitos previstos en el artículo 173 de la Constitución. 2. De los hechos punibles cometidos por adolescentes. 3. De los hechos punible...
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