Obligacion
¿Qué deben hacer los explotadores de servicios aéreos comerciales en relación con las mercancías peligrosas?
Apuntes
Obligaciones de explotadores aéreos (Aerolíneas) Todo explotador de servicios aéreos comerciales que opere en territorio dominicano, transporte o no mercancías peligrosas, debe dar cumplimiento a las siguientes actividades de acuerdo con lo establecido en los reglamentos aeronáuticos de República Dominicana (RADS) y en las instrucciones técnicas de la IATA: • Capacitar sobre mercancías peligrosas a las personas que tengan relación con el tema, en la forma como lo establecen las instrucciones técnicas y el documento OACI 9375, programa de instrucción sobre mercancías peligrosas. • Inspeccionar, aceptar, almacenar, cargar y transportar correctamente las mercancías peligrosas. • Suministrar información relativa a mercancías peligrosas. • Conservar los archivos relacionados con mercancías peligrosas por un período mínimo de 18 meses. Este archivo se podrá conservar en formato electrónico o en un sistema • Elaborar, obtener aprobación, mantener actualizado y aplicar un manual de manejo de mercancías peligrosas cuyo contenido será establecido por la autoridad aeronáutica. • Atender las actividades de vigilancia que cumpla la autoridad aeronáutica. • Informar a la autoridad aeronáutica so...
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