De los pla
¿Desde qué momento empiezan a correr los plazos judiciales según el ARTICULO 119?
Apuntes
De los plazos judiciales ARTICULO 119: Todos los plazos judiciales empezarán a correr desde el día siguiente a aquel en que hayan surtido efectos el emplazamiento o notificaciones y se contará en ellos el día de vencimiento. Las notificaciones personales surten efectos al día siguiente del que se hayan practicado, y las demás surten efectos al día siguiente, de aquel en que se hubieren enviado por correo electrónico, publicado por boletín judicial, en la página electrónica oficial del Poder Judicial o fijado en los estrados de los tribunales que no cuenten con internet, al igual que las que se practiquen por correo o telégrafo, cuando exista la constancia de haberse entregado al interesado, y la de edictos al día siguiente de haberse hecho la última publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca ARTICULO 120: Cuando fueren varias las partes y el plazo común, se contará desde el día siguiente a aquél en que todas hayan quedado notificadas. ARTICULO 121: Los plazos que por disposición expresa de la ley o por la naturaleza del caso no son individuales, se tienen por comunes para las partes. ARTICULO 122: En ningún plazo se contarán los días en que no puedan ...
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