Código de Ética y marco legal aplicable (Unidades 1-2)

¿Cuál es la composición del Tribunal de Disciplina?

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Apuntes

32): Se integra por un presidente, vicepresidentes, secretarios, Tesorero y Vocales. Se requiere un año de colegiación y ejercicio ininterrumpido para ser miembro. • Tribunal de Disciplina (Art. 37): Compuesto por cinco miembros titulares. Exige requisitos de edad (35 años) y antigüedad profesional (10 años). • Colegio de la Provincia (Arts. 40 y 42): Los colegios departamentales constituyen el Colegio de la Provincia, representado por un Consejo Superior integrado por los presidentes de todos los colegios departamentales. • Recursos (Art. 46): Se financian mediante derechos de inscripción, cuotas anuales y otros ingresos previstos por ley. III. Régimen Disciplinario (Arts. 16 al 23) • Potestad Disciplinaria (Art. 16): Los colegios deben fiscalizar el correcto ejercicio profesional y aplicar sanciones. • Causas de Sanción (Art. 17): Incluyen condenas criminales, infracción de aranceles, violación del Código de Ética, retención indebida de fondos, abandono de gestión y violación del secreto profesional. • Sanciones (Art. 19): Pueden ser amonestación escrita, multa (hasta 20 cuotas anuales), suspensión de hasta dos años o cancelación de la matrícula. • Suspensión Preventiva (Art. 23)...

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