LEY PROCESAL DE FAMILIA
Los ArtÃculos del 32 al 36 de la Constitución establecen los principios fundamentales que deben desarrollarse en la legislación secundaria, a fin de garantizar la aplicación de las Leyes que regulen los derechos de la familia y de los ______.
Apuntes
LEY PROCESAL DE FAMILIA DECRETO Nº 133. LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR, CONSIDERANDO: I. Que los ArtÃculos del 32 al 36 de la Constitución, establecen los principios fundamentales que deben desarrollarse en la legislación secundaria, a fin de garantizar la aplicación de las Leyes que regulen los derechos de la familia y de los menores; II. Que de acuerdo al Decreto Legislativo Nº 677, de fecha 11 de octubre de 1993, publicado en el Diario Oficial Nº 231, Tomo 321, de fecha 13 de diciembre del mismo año, se promulgó el Código de Familia, por lo que se hace indispensable dictar la Ley que desarrolle los principios de la doctrina procesal moderna, para lograr el cumplimiento eficaz de los derechos reconocidos en dicho Código y demás Leyes sobre la materia; y, III. Que sin desconocer la naturaleza indivisible de la función jurisdiccional, es conveniente el establecimiento de tribunales especializados que conozcan en materia de familia. POR TANTO, En uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República, por medio del Ministro de Justicia y de los Diputados Walter René Araujo Morales, Arturo Argumedo h., Francisco Alberto Jovel Urqu...
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