TEMA No 21 REGISTRO Y OBLIGACIONES DE LOS COMERCIANTES Y DOCUMENTOS MERCANTILES.
¿Cuáles son los libros obligatorios que debe llevar un comerciante según el texto?
Apuntes
TEMA No 2: REGISTRO Y OBLIGACIONES DE LOS COMERCIANTES Y DOCUMENTOS MERCANTILES. Registro contable obligatorios. - Los libros o registros contables obligatorios en el país son: Libro Diario, Libro Mayor y de Inventario y Balances, y otros libros que las leyes sectoriales requieren, deben mantenerse en español y en moneda nacional. CAPITULO IV - CONTABILIDAD Art. 36. - (OBLIGACIÓN DE LLEVAR CONTABILIDAD). Todo comerciante está en la obligación de llevar una contabilidad adecuada a la naturaleza, importancia y organización de la empresa, sobre una base uniforme que permita demostrar la situación de sus negocios y una justificación clara de todos y cada uno de los actos y operaciones sujetos a contabilización, debiendo además conservar en buen estado los libros, documentos y correspondencia que los respalden. (Arts. 36 a 65, 419 Código de Comercio). Art. 37.- (CLASES DE LIBROS). El comerciante debe llevar, obligatoriamente, los siguientes libros: Diario, Mayor y de Inventario y Balances, salvo que por ley se exijan específicamente otros libros. Podrá llevar además aquellos libros y registros que estime convenientes para lograr mayor orden y claridad, obtener información y ejercer ...
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