TEMA II RÉ
¿Qué significa la palabra 'Autonomía' según su etimología?
Apuntes
TEMA II RÉGIMEN AUTONÓMICO DEL ESTADO PLURINACIONAL 1. CONCEPTO DE AUTONOMÍA. La palabra Autonomía deriva del griego: “auto”, ‘por sí mismo y “nomos”, ley norma, significando que la autonomía es darse leyes para sí mismo, es decir gobernarse por sus propias leyes. La autonomía etimológicamente, se identifica con la capacidad plena de producción de normas jurídicas, que la contrapondría a la autarquía, que supondría solamente auto administración. En la práctica, la autonomía comprende también la autarquía y requiere para su efectividad la participación de los afectados por lo que pudiera definirse como el auto regimiento de competencias públicas, que en nuestro caso tiene una base territorial.1 La autonomía es una cualidad gubernativa que adquiere una entidad territorial de acuerdo a las condiciones y procedimientos establecidos en la “CPE” y las leyes, que implica los siguientes aspectos importantes: La elección directa de sus autoridades por los ciudadanos (as), a través del sufragio secreto. La administración de sus recursos económicos del Estado implicando la planificación y la percepción de los ingresos. 1 Ramón Martin Mateo, Derecho Autonómico, ed. Taravilla 1984 pág. 52 ...
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