1 PODER JU
¿Qué declaró la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación respecto a los artículos 330 a 334 del Código Penal Federal?
Apuntes
1 PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN VOTO PARTICULAR QUE FORMULA LA MINISTRA ANA MARGARITA RÍOS FARJAT RESPECTO A LOS EFECTOS ESTABLECIDOS EN LA SENTENCIA DEL AMPARO EN REVISIÓN 267/2023 La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión celebrada el 6 de septiembre de 2023, resolvió un amparo en revisión promovido por una asociación civil en el que reclamó la inconstitucionalidad de los artículos 330, 331, 332, 333 y 334 del Código Penal Federal, los cuales penalizan el aborto voluntario en el ámbito federal1. Por unanimidad de cinco votos2, la Primera Sala declaró la inconstitucionalidad de dichas normas al considerar que anulan de manera absoluta el derecho de la mujer o de la persona gestante a decidir si debe 1 Artículo 330. Al que hiciere abortar a una mujer, se le aplicarán de uno a tres años de prisión, sea cual fuere el medio que empleare, siempre que lo haga con consentimiento de ella. Cuando falte el consentimiento, la prisión será de tres a seis años y si mediare violencia física o moral se impondrán al delincuente de seis a ocho años de prisión. Artículo 331. Si el aborto lo causare un médico, cirujano, comadrón ...
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