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¿Quién introdujo la teoría de la culpa in contrahendo?
Apuntes
[Diapositiva 1] [Diapositiva 2] Primera Unidad – Sesión 2 LA RESPONSABILIDAD PRECONTRACTUAL [Diapositiva 3] NATURALEZ JURIDICA Después de la aparición de la teoría de la culpa in contrahendo introducida por JHERING, la doctrina se ha preocupado por estudiar los supuestos que dan origen a la responsabilidad precontractual con el fin de determinar su naturaleza jurídica, y fundamento normativo. Así, algunos autores consideran que se trata de una responsabilidad extracontractual, otros sostienen que es contractual, mientras que un sector minoritario propone una responsabilidad autónoma. [Diapositiva 4] Definición de la Responsabilidad Precontractual FEDERICO ALEJANDRO OSOLA. La etapa precontractual comienza con el primer "contacto" entre los futuros contratantes, y culmina con la celebración del contrato El contrato no es un acto jurídico que surja por generación espontánea, sino que es fruto del acuerdo de dos o más voluntades. Aunque parecería el "punto de partida" de la relación jurídica que se entabla entre las partes, es más bien un eslabón (tal vez el más importante) de una "relación" que se ha gestado con anterioridad al momento de su celebración. Ese instante const...
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