Fuentes del Derecho, clasificación y jerarquía en Uruguay
¿Qué son las fuentes formales del Derecho Civil?
Apuntes
Clase 1 Introducción Objeto: estudio de las fuentes formales del Derecho Civil en el ordenamiento uruguayo, entendidas como los medios que el sistema reconoce con poder normativo. Fuentes del Derecho Civil (enumeración) Fuentes clásicas reconocidas: costumbre, ley (legislación), jurisprudencia y doctrina. Clasificaciones de las fuentes Distinciones principales: -Directas/imediatas (p. ej. la ley; algunos autores incluyen la costumbre). -Indirectas/mediatas (jurisprudencia, equidad, principios generales, analogía, etc.). -Internas/externas (formales): internas = principios racionales/naturaleza; externas = ley, reglamento, decretos. -Formales/materiales: formales = órganos o formas de creación (ley, costumbre, jurisprudencia, doctrina); materiales = factores sociológicos (necesidad social, opinión pública). Fuentes en el ordenamiento uruguayo Posición normativa: la legislación es la única fuente formal del Derecho en el Código Civil (art. 9, art. 2390, art. 12, art. 16). Costumbre, jurisprudencia y doctrina pueden actuar como fuentes materiales o de inspiración, pero no derogan leyes. El Código Civil permite integración supletoria cuando la ley resulta insuficiente (art. 16), sin in...
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