Costa1 Moran2 Pedemonte3 Pi4eiro5 Saizar
¿Cuál es la regla general respecto a los efectos del contrato según el artículo 1021?
Apuntes
Costa, Moran, Pedemonte, Piñeiro, Saizar 1 UNIDAD 12: EFECTOS DE LOS CONTRATOS CON RELACIÓN A LAS PERSONAS (I) 1. ¿A quiénes afecta el contrato? 1. Regla general ARTICULO 1021. - Regla general. El contrato sólo tiene efecto entre las partes contratantes; no lo tiene con respecto a terceros, excepto en los casos previstos por la ley → el contrato solo tiene efecto entre las partes. ARTICULO 959. - Efecto vinculante. Todo contrato válidamente cel ebrado es obligatorio para las partes. Su contenido sólo puede ser modificado o extinguido por acuerdo de partes o en los supuestos en que la ley lo prevé. → el contrato es obligatorio para las partes. Entonces, el contrato vincula a las partes, no a ter ceros. Cuando hablamos de “efectos” entre las partes es porque los contratos no solo generan obligaciones, sino también derechos, deberes, potestades, facultades y prerrogativas que en su conjunto se pueden englobar como efectos del contrato. Por eso los contrato s, en principio, solo producen efectos entre las partes. No obstante la regla general, los contratos también pueden afectar a terceros. Son todos los que vienen ahora. Esto se divide en ...
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