CASO 9-21-EI
¿Qué ordena la Corte Constitucional en relación con las actuaciones impugnadas?
Apuntes
CASO 9-21-EI EL PLENO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR, EN EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES CONSTITUCIONALES Y LEGALES, EMITE LA SIGUIENTE SENTENCIA 9-21-EI/25 Resumen: La Corte Constitucional declara que las actuaciones impugnadas no constituyen una decisión adoptada en el marco de un proceso de justicia indígena y no tienen valor jurídico alguno, en la medida en que no fueron emitidas por autoridades legítimas ni tenían como finalidad la resolución de un conflicto interno conforme a las normas y procedimientos del derecho propio de la comuna Maca Grande. Adicionalmente, la Corte identifica una presunta omisión por parte de las autoridades comunitarias, quienes, a pesar de conocer la situación, no adoptaron medidas para impedir que dichas actuaciones se confundan con actos propios de la justicia indígena, así como para evitar la eventual vulneración de derechos fundamentales y prevenir que las instalaciones comunales destinadas a la administración de justicia indígena sean utilizadas para fines ajenos a los previstos en su sistema jurídico propio. En consecuencia, ordena que se remita esta sentencia a la Fiscalía Provincial de Cotopaxi, a fin de que se realicen las investigacio...
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