MATERIA SEGUNDA PRUEBA PROCESAL
La obligación contenida en el ______ y el titulo ejecutivo propiamente tal NO deben estar prescritos.
Apuntes
MATERIA SEGUNDA PRUEBA PROCESAL B) LA OBLIGACIÓN NO DEBE ESTAR PRESCRITA. La obligación contenida en el titulo ejecutivo y el titulo ejecutivo propiamente tal NO deben estar prescritos. La prescripción tiene diferentes plazos tratándose de las materias a analizar en un juicio declarativo por ejemplo si la obligación proviene de un contrato el plazo de prescripción serán 5 años desde que se hizo exigible la obligación (o desde el incumplimiento), si es derivada de un delito o cuasidelito civil el plazo será de 4 años desde que se hizo exigible, desde que se hizo el daño, se reiteró el daño o se manifestó el daño(discutible). [ 3 años y si extingue subsiste como ordinario dos año ] Conforme al artículo 2.515 CC.: La acción ejecutiva (regla general) prescribe al término de tres años, [tiene cabida el artículo 680 del cpc ] contados desde que la obligación se haya hecho exigible “y subsiste como ordinaria por otros dos años”, caso en el cual, debe tramitarse conforme a las normas del juicio sumario. [el cheque se cobra el mismo año] No obstante, hay determinados casos de plazos especiales: - Letras de cambio y pagaré (Ley 18.092): Un año contado desde la fecha del vencimiento del docum...
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