LEY N1 489.- ORGANICA DEL BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY.
¿Cuál es la naturaleza jurídica del Banco Central del Paraguay según el texto?
Apuntes
**LEY N° 489: ORGÁNICA DEL BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY** **EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY:** **CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES** • Subtema: Naturaleza Jurídica **Artículo 1°.- Naturaleza Jurídica** El Banco Central del Paraguay es una persona jurídica de derecho público, con carácter de organismo técnico y con autarquía administrativa y patrimonial, así como autonomía normativa dentro de los límites de la Constitución Nacional y las leyes. El Banco Central del Paraguay ejercerá las funciones de Banca Central del Estado. • Subtema: Domicilio y Jurisdicción **Artículo 2°.- Domicilio y Jurisdicción** El Banco Central del Paraguay tiene domicilio legal en la Ciudad de Asunción. Los Tribunales de la Capital de la República serán competentes en todos los asuntos judiciales en que el Banco sea actor o demandado, salvo que el Banco Central del Paraguay acepte someterse a otras jurisdicciones, pudiendo constituir domicilios especiales para la recepción de notificaciones. En los contratos internacionales de carácter económico o financiero en los cuales sea parte, el Banco Central del Paraguay podrá someterse al derecho o a tribunales judiciales o arb...
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