Patrimonio como atributo de la persona humana.
¿Qué características tiene el patrimonio como atributo de la persona humana según el texto?
Apuntes
Patrimonio como atributo de la persona humana. El patrimonio es el conjunto de bienes, materiales e inmateriales de los cuales una persona es titular y pueden o no tener valor económico. Los que no tienen valor económico son bienes de contenido extrapatrimonial: por ejemplo, los derechos del cuerpo, los derechos de los pueblos originarios, o los bienes de incidencia colectiva (la educación o un zoológico). El patrimonio, al ser atributo de la persona, es necesario, inherente (lo tenemos por el simple hecho de ser humanos), inajenable (fuera de comercio, como los extrapatrimoniales) e inalienable (no se puede transferir, salvo por causa de muerte, porque son vitalicios). Los derechos personalísimos son extrapatrimoniales e inherentes a las personas. Son inviolables y no son susceptibles de valor económico; no integran el patrimonio. Las deudas agravan el patrimonio y afectan negativamente porque lo disminuyen. Los bienes se clasifican de distintas maneras según el CCyCN. Los bienes pueden ser materiales o inmateriales, que son un conjunto de bienes económicos que tiene una persona, susceptibles de valor económico. Los bienes materiales pueden ser cosas sólidas, líquidas o gaseosas. ...
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