TEMA 4 1CLASES DE OBLIGACIONES POR RAZON DEL OBJETO2
¿Qué diferencia existe entre obligaciones positivas y negativas?
Apuntes
TEMA 4 (CLASES DE OBLIGACIONES POR RAZON DEL OBJETO) 1.- EL OBJETO DE LA RELACIÓN OBLIGATORIA: CONCEPTO Y REQUISITOS El objeto de la obligación es la prestación a que el deudor queda obligado, y mediante la cual se satisface un interés del acreedor. Así nos lo dice el Art. 1088 CC “toda obligación consiste en…”, es decir, puede consistir en una actuación positiva (dar o hacer) o negativa (no hacer) del deudor. La prestación ha de tener unos requisitos: Ha de ser posible: A lo imposible, no se puede estar obligado, pues equivale a no obligarse a nada, impossibilium, nulla obligatio (Art. 1261. 2º CC, Art. 1272 CC). La imposibilidad puede ser objetiva o absoluta, cuando es imposible en sí misma (ej. El objeto de la venta es una cosa extra comercium) o subjetiva o relativa, cuando sólo es imposible para el obligado, pero no lo sería para otra persona (ej. Realizar una librería alguien que no es carpintero). Por otro lado, la imposibilidad puede ser originaria, cuando existe la imposibilidad desde antes de nacer la obligación, o subsiguiente o sobrevenida, cuando el deudor se obligó a algo pero con posterioridad al nacimiento de la obligación, la prestación devino imposible. El requ...
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