Prof. Noel Pantoja 7mo Semestre
¿Qué tipo de derecho crea un vínculo jurídico entre dos personas en el ámbito del Derecho Civil?
Apuntes
Prof. Noel Pantoja 7mo Semestre Cátedra: Garantías SE AGRADECE NO REPRODUCIR, NI REENVIAR ESTE MATERIAL 1 Tema N°1: Las GarantÍas En el ámbito del Derecho Civil, un derecho personal (también conocido como derecho de crédito u obligación) se refiere a la facultad que tiene una persona, denominada acreedor, de exigirle a otra, el deudor, el cumplimiento de una determinada prestación. Esta prestación puede ser de tres tipos: • Dar: Entregar una cosa, como en un contrato de compraventa o un préstamo de dinero. • Hacer: Realizar una acción, como la prestación de un servicio por parte de un abogado o un constructor. • No hacer: Abstenerse de una conducta, como la obligación de un inquilino de no subarrendar una propiedad. A diferencia del derecho real, que establece una relación directa entre una persona y una cosa (por ejemplo, la propiedad de una casa), el derecho personal crea un vínculo jurídico entre dos personas. Esto significa que solo se puede exigir el cumplimiento de la obligación al deudor específico y a sus herederos, no a cualquier persona. CONCEPTO: Es la obligación accesoria, en una relación jurídica personal, que presupone un deber de cumplimiento. Es la seguridad que se ...
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