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¿Cuál es la diferencia principal entre los modelos acusatorio e inquisitivo en la organización judicial?
Apuntes
[Diapositiva 1] TEORÍA GENERAL DE PROCESO Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogado y Notario Lic. Gustavo Adolfo Rivera Cajbón [Diapositiva 2] LOS SISTEMAS PROCESALES En la historia de la administración de justicia se han dado dos modelos opuestos de organización judicial, que se proyectan igualmente en dos modelos distintos de juez y en dos formas de averiguación judicial y de juicio. Acusatorio: Sistema procesal donde el Juez es un sujeto pasivo, separado de las partes procesales y el Juicio como una contienda entre iguales que inicia con la acusación Inquisitivo: el Juez procede de oficio a la búsqueda, recolección y valoración de la prueba de forma secreta, sin otorgar la oportunidad de derecho de defensa. [Diapositiva 3] Actividades Acusatorio Inquisitivo Iniciación: El proceso inicia por: Acto formal de acusación: popular o privada De oficio, por el propio tribunal ante noticia de delito, (denuncia, delación, clamor público) Actitud del Juez Actitud pasiva, separada de las partes Investiga, acusa, recaba medios probatorios de oficio Situación de las partes Igualdad de las partes Normalmente no hay respecto a sus derechos Carga de la prueba Libertad proba...
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