TÍTULO VI
¿Qué abarca el concepto de propiedad según los arts. 14 y 17 de la Constitución Nacional?
Apuntes
TÍTULO VI DELITOS CONTRA LA PROPIEDAD Los delitos agrupados en este Título reconocen a: la propiedad como el bien juridico protegido. El término 'ºpropiccla.d'" no quiere decir ni debe ser iden'ci- ficado con el "dominio" del Código Civil (arts. 1941 y ss. CCyCN), sino que debe ser entendido en el amplio sentido que le asignan los arts. 14 y 17 de la Constitución Nacional. Desde esta perspectiva, el concepto abarca al patrimonio en su totalidad, esto es, no sólo al dominio en sentido civilista sino también a los demás derechos reales y personales, bienes materiales e inmateriales y, en general~ todos los intereses apreciables que un hombre pueda poseer fuera de sí mismo, de su vida y de su libertad. En la actualidad, es opinión casi generalizada de que la rúbrica '"propiedad" no responde al verdadero contenido del Título, debiendo ser sustituida por la expresión '"patrimonio", para.lo cual se suele invocar la figura del hurto impropio (art. 173, inc 5°, Cód. Penal) para demostrar la inconveniencia de la denomi- nación "propiedad", pues es precisamente en esta figura en donde se evidencia el contrasentido de castigar como delito contra la propiedad al dueño de la cosa que la sustrae...
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