Confidencialidad, medio ambiente y comunicaciones institucionales
¿Qué obligación tienen los integrantes del Grupo Correos respecto a la información confidencial?
Apuntes
Confidencialidad de la información Los integrantes del Grupo Correos tienen el deber y la obligación de guardar secreto sobre toda aquella información relativa a la empresa que pudiera ser clasificada como privilegiada, confidencial, reservada y/o secreta, por tanto, no podrá ser revelada y, mucho menos, utilizada en beneficio personal. 10.1.8. Propiedad industrial e intelectual Las sociedades que conforman el Grupo Correos protegen sus derechos de propiedad industrial e intelectual y respetan los derechos de terceros en la materia. La forma en la que pueden materializarse estos derechos de Propiedad Industrial e Intelectual puede variar sustancialmente (procesos, diseños, métodos, estrategias comerciales, información de clientes, precios, etcétera). Por ello, los empleados, directivos y administradores del Grupo Correos no podrán divulgar, obtener copia o utilizar tales derechos para obtener un beneficio personal o ilegítimo. Tampoco podrán cederlos a terceros sin la previa y expresa autorización del Grupo Correos. Igualmente, se han de adoptar medidas reforzadas de diligencia y cuidado cuando se aborde información relacionada con los derechos de propiedad industrial e intelectual...
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