Pago de las obligaciones: fundamentos, sujetos y objeto
¿Cuál es la definición amplia de pago según el texto?
Apuntes
Dalma Di Notolo 1 DERECHO PRIVADO IIA - OBLIGACIONES UNIDAD 4: PAGO DE LAS OBLIGACIONES - CUMPLIMIENTO El pago es el modo normal y primario de extinción de las obligaciones, consistente en la realización de la prestación debida, ya sea de dar, de hacer o de no hacer. En el plano doctrinario y legal, la palabra "pago" admite diversas acepciones. En un sentido amplio, se identifica con cualquier forma de cumplimiento que implique la extinción de la obligación, abarcando las prestaciones de hacer y de no hacer. En un sentido estricto o técnico, se reserva exclusivamente para la entrega de sumas de dinero. El Código Civil y Comercial de la Nación (CCyC) adopta el criterio amplio en su artículo 865, al definirlo como "el cumplimiento de la prestación que constituye el objeto de la obligación". Por ejemplo, un ebanista que se comprometió a fabricar y entregar un juego de sillas de algarrobo realiza el pago en sentido amplio en el momento exacto en que efectúa la tradición del mobiliario terminado al acreedor. Función del pago. Cumple una triple función fundamental: 1. Para el deudor: Constituye una vía de liberación jurídica, extinguiendo el vínculo coercitivo que pesaba sobre su persona...
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