codigo de
¿Cuál es la pena para quien falsifique sellos, timbres o marcas militares según el Artículo 231?
Apuntes
codigo de justicia militar. d.o.f. 21-06-2018. 1 CÛdigo de Justicia Militar. (DOF. 21-06-2018). Libro segundo. De los delitos, faltas, delincuentes y penas. TÌtulo octavo. Delitos contra la existencia y seguridad del EjÈrcito. CapÌtulo I. FalsificaciÛn. ArtÌculo 228.- Ser· castigado con la pena de tres aÒos de prisiÛn todo el que fraudulentamente y con el objeto de obtener alg˙n provecho para sÌ o para otro, o con el de causar alg˙n perjuicio: I. Ponga una firma o r˙brica falsas, aunque sean imaginarias, o altere una verdadera, en alg˙n documento militar; II. Aproveche indebidamente una firma o r˙brica en blanco, ajenas, extendiendo alg˙n despacho, patente, orden de pago o cualquiera otro documento relativo a la posiciÛn o servicios militares, suyos o de otra persona; III. Altere el texto de alg˙n documento militar verdadero despuÈs de concluido y firmado, variando en Èl nombres, empleos o grados, fechas, cantidades o cualquiera otra circunstancia o punto substancial, ya sea aÒadiendo, enmendando o borrando, en todo o en parte, una o m·s palabras o variando la puntuaciÛn; IV. Expida o extienda testimonio o copia certificada supuestos de documentos militares que no existan, o de los...
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