PERSONAS: Personalidad, identidad y matrimonio (inicio)

¿Cuándo comienza y termina la personalidad civil según el Código Civil?

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Apuntes

OFICINA NACIONAL DE SERVICIO CIVIL CÓDIGO CIVIL DECRETO-LEY NUMERO 106 ENRIQUE PERALTA AZURDIA, Jefe del Gobierno de la República, CONSIDERANDO: Que desde hace varios años se ha sentido la urgente necesidad de reformar la legislación civil, para adaptarla a los avances de la ciencia y a la natural evolución de las costumbres y demás relaciones sociales reguladas por esta rama del Derecho; CONSIDERANDO: Que también es indispensable unificar, dentro del Código Civil, varias leyes dispersas que anticiparon reformas o establecieron nuevas instituciones que, por su propia naturaleza, deben figurar en este cuerpo legal; CONSIDERANDO: Que la comisión designada para revisar el proyecto del nuevo Código Civil emitió un informe favorable al mismo, después de haber introducido las modificaciones que estimó pertinentes; POR TANTO, En uso de las facultades que le confiere el artículo 3º de la Carta Fundamental de Gobierno, EN CONSEJO DE MINISTROS, DECRETA: El siguiente. CODIGO CIVIL LIBRO PRIMERO DE LAS PERSONAS Y DE LA FAMILIA  Publicado en el Diario de Centro América el 07 de octubre de 1963. 671 OFICINA NACIONAL DE SERVICIO CIVIL TITULO I DE LAS PERSONAS CAPITULO I DE LAS PERSONAS INDIVIDU...

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