PROCESO DE
Apuntes
PROCESO DE FORMACION DE LA LEY www.bcn.cl a. Iniciativa Conforme al artículo 65 de la Constitución, las leyes pueden tener dos orígenes: “en la Cámara de Diputados o en el Senado, por mensaje que dirija el Presidente de la República o por moción de cualquiera de sus miembros”. Así, el Presidente de la República puede enviar un proyecto al Congreso Nacional para su discusión. Este es el llamado “mensaje” o “mensaje presidencial”. También, puede ser generado por los propios parlamentarios, caso en el cual recibe el nombre de “moción”. Esta última no puede ser firmada por más de diez Diputados ni más de cinco Senadores. b. Inicio de la tramitación de un proyecto de ley La tramitación de un proyecto de ley puede iniciarse tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado. La primera que estudia el proyecto recibe el nombre de Cámara de Origen, en tanto la otra pasa a constituirse como la Cámara Revisora. La Constitución dispone que, en algunas materias, las leyes solo pueden tener su origen en la Cámara de Diputados y otras solo en el Senado. En tales casos, el Presidente de la República deberá enviar su mensaje a la Cámara correspondiente, si se trata de una materia de su iniciativa e...
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