Resumen 3e
¿Qué requisito garantiza el dominio de la cosa en un contrato de compraventa?
Apuntes
Resumen 3er parcial contratos: Compraventa: Segun el art 1123: hay compraventa si una de las partes se obliga a transferir la propiedad de una cosa y la otra a pagar un precio en dinero. En caso de que falte un requisito de estos el contrato no sera de compraventa. 2 requisitos: titulo suficiente: garantiza el dominio de la cosa. En los inmuebles registrables: la escritura publica, en muebles la mera entrega de la cosa presume que tiene el titulo y es el dueno mas modo suficiente: la efectiva entrega de la cosa. En algunos casos es real y en otras simbolica (casa, entrega de llaves). Nos da derecho a ejercer las acciones posesorias de la cosa. (no alcanza con que me firmen la escritura, sino que consten que me dieron "llaves" y empece a poseer). Es necesario el titulo y el modo porque si no, no tengo transferencia. La compraventa puede recaer sobre: cosas futuras. Sujetas a condicion. Puede ser a plazo: va a ir abonando el precio en un plazo establecido en el contrato, que puede ser anterior o posterior a la entrega de la cosa. Caracteres: Es bilateral, implica obligaciones para ambas partes. Es consensual porque produce todos sus efectos por el solo hecho del consentimiento. Es on...
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