Tradición
¿Qué es la tradición según el Art. 670 CC?
Apuntes
Tradición Concepto CC Art. 670 CC inc1: “La tradición es un modo de adquirir el dominio de las cosas y consiste en la entrega que el dueño hace de ellas a otro, habiendo por una parte la facultad e intención de transferir el dominio, y por otra la capacidad e intención de adquirirlo” Normas jurídicas relevantes • Arts. 670 a 699 CC • Arts. 1901 y ss para tradición de derechos personales • Reglamento CBR • C. de C. para tradición de créditos mercantiles Características de la tradición a. Es un modo de adquirir derivativo b. Es una convención c. Es consecuencia de un título a. Modo de adquirir derivativo - El adquirente deriva su dominio de otro sujeto. - No se transfieren al adquirente más derechos de los que tenía el tradente. - Arts. 682 y 683. b. Es una convención Acuerdo de voluntades destinado a extinguir derechos y obligaciones. “… cuando el tradente efectúa la tradición, con este acto voluntario y convencional lo que hace es extinguir su obligación contraída; o si se quiere, cumplirla; en definitiva, pagar” c. Es consecuencia de un título Ese título puede ser a título gratuito u oneroso. ▷ A diferencia de los mod...
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