Responsabilidad, actos jurídicos y principios procesales: culpa, dolo, fuerza mayor, caución, presunciones, plazo, derogación e interdicciones
¿Qué diferencia hay entre dolo y culpa?
Apuntes
A diferencia del dolo (intención positiva de causar daño), la culpa implica negligencia, imprudencia o descuido. Esta se da cuando daño a una persona o a una cosa de otro sin intención, por descuido, negligencia, impericia o imprudencia. Los Arts. 29 y siguientes del Código Civil indican que: **CULPA GRAVE O NEGLIGENCIA GRAVE O CULPA LATA** - Es la falta de aquel cuidado que aún las personas negligentes emplean en sus propios negocios (cuando algo ajeno se daña en mis manos porque lo cuidé PEOR que un hombre NEGLIGENTE existe culpa grave). Dr. Vinicio Mejía Chávez Ph.D. ## CULPA LEVE O DESCUIDO LEVE. - Es la falta de aquel cuidado que los hombres emplean ordinariamente en sus propios negocios (cuando algo ajeno se daña en mis manos porque lo cuidé PEOR que un hombre ORDINARIO existe culpa leve). ## CULPA LEVÍSIMA O DESCUIDO LEVÍSIMO. - Es la falta de aquel esmerado cuidado que el hombre juicioso pone en sus negocios (cuando algo ajeno se daña en mis manos porque lo cuidé PEOR que un hombre JUICIOSO existe culpa levísima). ## DOLO Es la intención positiva de irrogar o causar daño o injuria otra persona o a la propiedad de otro. ## RESPONSABILIDAD CIVIL, PENAL Y ADMINISTRATIVA La res...
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