Docente: A
¿Cómo define DOMINGUEZ AGUILA la diferencia entre ineficacia e invalidez?
Apuntes
Docente: Adriana Palavecino Según DOMINGUEZ AGUILA no es lo mismo ineficacia que invalidez. La ineficacia es el término más amplio y comprensivo de todos los casos en que un negocio jurídico no produce los efectos totales queridos. Un negocio inválido es aquél al que le falta algún elemento considerado necesario por el ordenamiento jurídico para su existencia o validez. Habría entre ineficacia e invalidez una relación de género a especie. La invalidez es una especie de ineficacia. Siguiendo a ALESSANDRI y SOMARRIVA, se habla de ineficacia en sentido amplio y en sentido restringido. Un acto jurídico es ineficaz en sentido amplio cuando no genera sus efectos propios o deja de producirlos por cualquier causa, sea ésta intrínseca o inherente a la estructura del acto mismo, sea que dicha causa consista en un hecho extrínseco o ajeno a él. Cuando la causa que priva de efectos al acto consiste en un defecto intrínseco hay invalidez del acto; la ineficacia resulta, pues, consecuencia de la invalidez. Es inválido y, por ende, ineficaz, el contrato celebrado por un incapaz, o aquel en que el consentimiento ha sido prestado por error. La ineficacia en sentido amplio engloba a ...
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