Bolilla 1 1 Da2os
¿Qué establece el principio de reserva en el derecho de daños?
Apuntes
Bolilla 1 – Daños Introducción al Derecho de Daños DERECHO DE DAÑOS “Responsabilidad civil” es el sistema de normas y principios que regula la prevención y la reparación del daño injusto. El legislador argentino englobó bajo la misma institución (responsabilidad civil) tanto a la reparación del daño injustamente causado como a su prevención. Caracterización Abarca la prevención del daño. Intenta volver las cosas a su estado anterior al hecho dañoso. Protege la manda constitucional de no dañar a otro. Funciones del derecho de daños La función preventiva (art. 1710) consiste en el deber general de actuar para evitar causar a las personas y a las cosas un daño no justificado, es decir de adoptar las conductas positivas o de abstención necesarias para impedir su producción o agravamiento (en la medida que esa conducta dependa de la persona). La función resarcitoria (art. 1716) consiste en volver las cosas a su estado anterior al hecho dañoso, es decir reparar el daño causado. La función punitiva consiste en imposición de una pena a quien ha producido un daño, sin causa de justificación, con el objetivo de que la pena funcione como disuasoria para evitar que se cometan futuras conductas...
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