Proceso sucesorio1 procedimiento de car2cter voluntario universal mediante el cual se
¿Cuál es el objeto principal del proceso sucesorio según el artículo 2335?
Apuntes
Proceso sucesorio: procedimiento de carácter voluntario universal mediante el cual se identifican a los sucesores o se aprueba formalmente el testamento, se determina el activo y el pasivo del causante y se distribuye el haber líquido, hereditario y en su caso, se liquida la sociedad conyugal disuelta por causa de muerte. Dicho proceso se desarrolla por vía judicial, es el juez el que lleva a cabo la declaratoria de herederos, dicta al validez del testamento, etc. El proceso sucesorio tiene por objeto (art 2335): a. Identificar a los sucesores b. Determinar el contenido de la herencia c. Cobrar los créditos d. Pagar las deudas, legados y cargas e. Rendir cuentas f. Entregar los bienes que constituyen el acervo La competencia para entender en el juicio sucesorio corresponde al juez del último domicilio del causante. La persona humana tiene: a) su domicilio, en el Estado en que reside con la intención de establecerse en él; b) su residencia habitual, en el Estado en que vive y establece vínculos durables por un tiempo prolongado. La persona humana no puede tener varios domicilios al mismo tiempo. En caso de no tener domicilio conocido, se considera que lo tiene donde está su residenc...
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