Unidad 3:
¿Qué establece el Artículo 56° respecto a las condiciones de trabajo?
Apuntes
Unidad 3: Condiciones general de trabajo Proporcionalidad de las Condiciones de Trabajo (Art. 56°) Las condiciones de trabajo no podrán ser inferiores a las fijadas en la Ley Federal del Trabajo y deberán ser proporcionales a la importancia de los servicios prestados. Deben ser iguales para trabajos iguales. No podrán establecerse diferencias o exclusiones por motivos de: - Sexo - Género - Edad - Discapacidad - Condición social - Condiciones de salud - Religión - Opiniones - Preferencias sexuales - Condiciones de embarazo - Responsabilidades familiares - Estado civil (salvo excepciones expresamente consignadas en la Ley) - Origen étnico o nacionalidad Condiciones Generales de Trabajo Estas condiciones pueden ser de naturaleza: • - Individual • - Colectiva • - Colectiva social Incluyen los siguientes aspectos: • - Jornada • - Días de descanso • - Vacaciones • - Salario • - Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) Características de las Condiciones Generales de Trabajo • - No podrán ser inferiores a lo fijado en la Ley. • - Deben ser proporcionales a la importancia de los servicios. • - Iguales para trabajos iguales. • - No se pueden establecer diferencias. Labores o...
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