INTRODUCCI1N
¿Cuál es la causa exclusiva para que se produzca la sucesión a título universal de una persona física?
Apuntes
INTRODUCCIÓN En sentido genérico se habla de «sucesión», toda vez que una persona sustituye o subroga a otra en una situación jurídica determinada. La sucesión, o sea el ingreso de una persona en la situación jurídica que era ocupada por otra, puede operar tanto en una situación jurídica activa como pasiva. El fenómeno de sucesión a título universal de una persona física por otra sólo puede producirse por causa de muerte. El derecho sucesorio es el conjunto de normas jurídicas de derecho privado que rige la sucesión por causa de muerte, esto es, la sustitución o subrogación de una persona (el fallecido denominado causante o de cujus) por otra u otras en el conjunto de relaciones jurídicas activas y pasivas de las que era titular a su fallecimiento. Al producirse el deceso de la persona, aquellas relaciones jurídicas que no se extinguen con la muerte del titular, constituyen la herencia, universalidad que es objeto del fenómeno sucesorio. Los sucesores del causante ingresarán en la titularidad de las relaciones jurídicas activas y pasivas de índole patrimonial de las que era aquel titular, (sus derechos reales, y personales, así como sus obligaciones), que no se hayan extinguido con...
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