CEDULARIO
¿Qué elemento de la obligación se refiere a la conducta que debe ejecutar el deudor?
Apuntes
CEDULARIO TERCERA EVALUACIÓN - DERECHO CIVIL: OBLIGACIONES 1) La obligación. Concepto y elementos. Primero que todo, el concepto de obligación que todos conocemos es otorgado por el Profesor Peñailillo y D’Ruggiero, en donde se define qué la Obligación es un vínculo o relación que une a dos partes determinadas, en virtud del cual una de ellas, llamada deudor, se encuentra en la necesidad de dar, hacer o no hacer alguna cosa en favor de la otra denominada acreedor, y está parte a su vez se encuentra facultado para exigir el cumplimiento de lo debido. La obligación a su vez, consta de 3 elementos, el elemento subjetivo (sujeto) , objetivo (objeto) y técnico (vínculo). 1. Para comenzar tenemos el elemento subjetivo, es decir, el sujeto. Por un lado nos encontramos con el acreedor, que es aquella parte que en su patrimonio hay un derecho personal que puede reclamarse respecto de cierto deudor. Por otro lado, no encontramos con el deudor, el cual en su patrimonio hay una obligación que puede ser reclamada por cierto acreedor. La obligación es un vínculo de carácter relativo, solamente une a un cierto acreedor con un cierto deudor, no se puede exigir un derecho personal a cualquier perso...
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