CAUTELA POSESONA
¿Qué puede ordenar el juez cuando la demanda persigue la demolición de una obra en ejecución que daña la propiedad o la posesión del demandante?
Apuntes
• Cautela Poseedora: ARTÍCULO 684 Cuando la demanda persigue la demolición de una obra en ejecución que daña la propiedad o la posesión del demandante, puede el juez disponer la paralización de los trabajos de edificación. Igualmente, puede ordenar las medidas de seguridad tendientes a evitar el daño que pudiere causar la caída de un bien en ruina o en situación de inestabilidad. 1. La norma regula la intervención del juez para disponer la paralización de los trabajos de edificación cuando se busca la demolición de una obra en ejecución que perjudica la propiedad o la posesión del demandante. Apreciese que la norma no solo acoge la afectación a la posesión del demandante, sino también los daños a su propiedad. A diferencia de la redacción del artículo 681 del CPC, donde expresamente la tutela hace referencia al interdito de recobrar, en el presente artículo podemos asumir, con ciertas limitaciones, que subyace el interdito de retener como mecanismo de protección, cuando el poseedor demandante es turbado en su posesión (ver el artículo 606 del CPC). Este interdito, señala Torres (427), no presupone el despojo de la posesión, sino la realización de uno o más actos materiales o de...
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