22.6. Doctrina que considera que no es posible que el derecho pueda limitar la capa cidad de
¿Qué considera algunos sectores de la doctrina sobre la capacidad jurídica?
Apuntes
22.6. Doctrina que considera que no es posible que el derecho pueda limitar la capa cidad de goce. Crítica Como sabemos, la capacidad de goce es la aptitud genérica del sujeto de Derecho para ser titular de derechos y deberes jurídicos, en la cual se articulan las aptitudes específicas relativas a determinados derechos como la capacidad d e suceder, de testar, de contratar, etc. La capacidad de goce opera dentro de los límites establecidos por el ordenamiento jurídico. Por tanto, no se puede sostener que la capacidad de goce no se puede limitar por el Derecho, dado que ello sería como soste ner que existe derecho sin ley (derecho sin Derecho), sin norma jurídica, o afirmar que se puede ejercer un derecho que no se tiene porque la capacidad de ejercicio presupone la capacidad de goce, la cual no es afectada por la limitación de la capacidad de ejercicio. Solo se ejerce un derecho que se tiene o que razonablemente se cree que se tiene. Así, usamos, disfrutamos, disponemos y reivindicamos el bien que es de nuestra propiedad (art. 923) o cuya propiedad, razonablemente, nos autoatribuimos; el acree dor puede ejercer el derecho de su deudor (el derecho que realmente tiene o que, razona...
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