2do parcia
¿Cuál es la característica principal de los poderes del dueño en la propiedad horizontal según el texto?
Apuntes
2do parcial PROPIEDAD HORIZONTAL Los poderes del dueño no se extienden verticalmente, sino están sujetos, contenidos en planos horizontales, derechos y facultades por pisos. Vélez no permitía dividir los edificios en propiedad horizontal, o sea, no aceptaba este derecho real. Pero en el siglo 20 esto empieza a cambiar por los grandes movimientos migratorios, mucha gente se mudó a las ciudades y la mayoría de la población pasó de vivir en el campo a vivir en zonas urbanas. Por eso en 1948 se creó la Ley 13512 de Propiedad Horizontal, que estuvo vigente hasta que se sancionó el Código actual. Esa ley era corta y funcionaba como complemento. El Código Civil y Comercial actual incorporó a la propiedad horizontal como un derecho real permitido y lo define en el artículo 2037. ARTÍCULO 2037.- Concepto. La propiedad horizontal es el derecho real que se ejerce sobre un inmueble propio que otorga a su titular facultades de uso, goce y disposición material y jurídica que se ejercen sobre partes privativas y sobre partes comunes de un edificio, de conformidad con lo que establece este Título y el respectivo reglamento de propiedad horizontal. La propiedad de la unidad funcional comprende la p...
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