TEMA 2. La Espa1a Prerromana o Primitiva.
¿Qué refleja la división de las Partidas en siete partes o libros?
Apuntes
2.4. Las Siete Partidas de Alfonso X, el Sabio. Las Siete Partidas suponen la culminación de la recepción del Ius Commune en la tradición jurídica castellana y conforman la obra jurídica más importante de nuestra Historia del Derecho. En efecto, las Partidas son de una calidad técnica tal que, habiendo nacido en el s. XIII, fueron comentadas por los juristas y aplicadas por los Tribunales hasta bien entrado el s. XX. Su importancia es difícilmente exagerable, toda vez que, aún hoy, la mejor doctrina jurídica busca en ellas soluciones a problemas de interpretación y aplicación del Derecho. De hecho, algunos principios fundamentales de nuestro Derecho privado, se recogen por primera vez en este texto. Las Siete Partidas son, por su profundidad, calidad y amplitud, un compendio de las mejores instituciones e intuiciones del Derecho romano-canónico europeo y suponen una importante evolución jurídica dentro del Derecho castellano. Debido a su configuración, no sólo funcionaron como texto normativo, sino también, y principalmente, como obra didáctica, es decir, como obra para que los juristas castellanos que no podían salir a Europa conocieran lo más importante de las instituciones del...
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